La protección de datos es una de las cosas que todos nosotros nos tomamos en serio. Desde hace un par de años la seguridad al momento de navegar por Internet ha sido el foco principal de agencias, compañías y sobro todo leyes que regulan las sanciones correspondientes.

En el caso de España, la Agencia Española De Protección De Datos (AEPD) se encarga de gestionar las infracciones que conllevan en el incumplimiento de la LOPD. En los siguientes párrafos conoceremos cuáles son y los casos en los que aplican según la gravedad.

Tipos de infracciones de la LOPD

Los tipos de infracciones y sanciones contemplados en la ley se catalogan en tres sentidos: las leves, las graves y las muy graves. Cada una de estas tiene un ámbito de aplicación distinto que puede ser contemplado en los apartados siguientes.

Infracciones leves

Las cuales, como un nombre lo indica, son las infracciones menores a las cuales podemos incurrir. El coste de la sanción oscila entre 601,01 € y 60.101,01 € y se aplica en los casos reseñados en la lista:

  1. No solicitar la respectiva inscripción del fichero en la AEPD.
  2. La recopilación no consensuada de datos personales.
  3. No responder a las solicitudes de modificación o cancelación de los datos recopilados.
  4. No atender las consultas que la AEPD nos realice a través de notificaciones.

Infracciones graves

En el segundo puesto se localizan las infracciones graves a las cuales, en el caso de incurrir en ellas, nos estaríamos exponiendo a una sanción que se encontraría entre los 60.101,01 € y los 300.506,25 €. En este caso, las infracciones corresponden a las siguientes:

  1. No realizar la inscripción que corresponde de los ficheros en la AEPD.
  2. Dar un uso indebido respecto a la finalidad primaria con la cual se creó el fichero.
  3. Recopilar datos sin el previo consentimiento del usuario.
  4. Restringir el acceso a la información de los ficheros.
  5. Poseer datos inexactos o no modificados cuando se han realizado las solicitudes que corresponden.
  6. No cumplir lo estipulado en los Principios y Garantías de la LOPD.
  7. Utilizar datos que tienen una protección especial sin el consentimiento de la persona o personas afectadas.
  8. Mantener los fichares en un estado precario de seguridad que propicien su vulnerabilidad.
  9. No realizar las remisiones que se establecen en la LOPD a la AEPD.

Infracciones muy graves

Las cuales son las máximas en las cuales podemos incurrir y que pueden representar una sanción que oscila entre 300.506,25 € 601.012,1 €. Para ser sancionados por este tipo de infracción se deben cumplir algunas o algunas de las siguientes faltas:

  1. La cesión de datos a terceros cuando la persona afectada no lo conceda.
  2. La creación de ficheros que contengan datos protegidos sin consentimiento previo.
  3. La recopilación de datos de forma fraudulenta o engañosa.
  4. Obstaculizar las solicitudes de cancelación de datos de forma sistemática.
  5. Divulgar datos especialmente protegidos.
  6. No cumplir con la disposición de cese de datos que estipule la AEPD.
  7. Usar los datos con fines ilegítimos o fraudulentos.
  8. No atender a las solicitudes de la AEPD de forma sistemática.
  9. La transferencia de datos a países que no cuentan con la protección de datos que garanticen su integridad.

Si bien es cierto, ocasionalmente pensamos que el cumplimiento de las estipulaciones de la Ley Orgánica de Protección de Datos puede ser un poco difícil de cumplir, solo basta con mantenerse informado de las sanciones en las cuales podemos incurrir de no cumplirlas. Al estar informados, podremos disponer de la información de los usuarios de nuestra página web o de nuestros clientes de acuerdo con los reglamentos del Estado Español. De esta forma, la información de primera mano de cada uno de los apartados de la ley en fundamental para evitar las multas reseñadas con anterioridad.