La nueva normativa de protección de datos también ha llegado a las comunidades de propietarios, que deben revisar su videovigilancia o el tratamiento de los datos de los propietarios, entre otros asuntos.

 

Convivir en una comunidad de propietarios implica un tratamiento seguro de los datos por parte de los responsables -la propia comunidad- y de los encargados de dicho tratamiento -administradores de fincas-. En concreto, debe haber un mantenimiento seguro o una protección “blindada” de los datos de los propietarios.

Además, colocar una cámara de videovigilancia en un garaje privado requiere de un contrato obligatorio. Asimismo, difundir en un tablero información relativa a consumos energéticos puede implicar una sanción, mientras que no es posible ceder a terceros las direcciones de correo de un miembro de la junta.

Los tribunales españoles han puesto luz a estas obligaciones legales con varios ejemplos de la realidad jurídica sobre algunos problemas prácticos en la gestión de las comunidades y la pertinente aplicación del nuevo reglamento de protección de datos (RGPD).

Fuente Original: Expansion